Definición de Al portador
término que indica que el tenedor (poseedor) de un determinado título (cheque, órden de pago, cupón, bono, acción...) es acreedor de todos los derechos y devengos que este otorga. Los títulos al portador se transmiten con la mera entrega del documento. Los títulos pueden ser al portador o nominativos, en cuyo caso sí se expresará específicamente en el documento el titular de los derechos y devengos del mismo, no pudiendo transmitirse estos derechos sin el acuerdo de todas las partes (emisor del título, tenedor y futuro tenedor).