Definición de Bienes gananciales
Régimen económico matrimonial, según el cual desde el momento de la celebración del matrimonio tanto los beneficios y derechos como las obligaciones y deudas contraídas por uno de los cónyuges pasan a ser comunes a los dos. Existen una serie de excepciones (bienes privativos), como los bienes adquiridos con anterioridad al matrimonio, los derechos de herencia, los instrumentos necesarios para el desarrollo de la profesión, derechos de pensión de uno de los cónyuges, etc. Por contra, el régimen de separación de bienes no pone en común ningún bien, derecho u obligación de un cónyuge con el otro, salvo casos concretos en que así se acuerde.